Testamento

Permite múltiples configuraciones, tantas como personas, ya que cada situación personal y patrimonial es única. No es igual tener hijos, a quienes se les debe respetar su legítima, que no tenerlos. Tampoco es igual estar soltero, en pareja de hecho, con o sin padres, divorciado, con hijos y un excónyuge al que en modo alguno confiaría la administración de sus bienes.

 

Igualmente, en el testamento se pueden establecer medidas de apoyo, mejorar a unos hijos o nietos en comparación con otros, desheredarlos, realizar la partición de su herencia, nombrar tutor de sus hijos menores o con alguna discapacidad, prestando especial atención a las medidas de protección hacia éstos, reconocer deudas, cambiar beneficiarios de seguros de vida, facultar a su cónyuge para administrar los bienes de la herencia, nombrar albacea y contador partidor, reconocer hijos, constituir fundaciones y dejar constancia de la voluntad digital, autorizando a una persona para que, después de la muerte, disponga de su contenido digital y permita la eliminación de sus cuentas.

 

Para llevar a cabo esto, es imprescindible acudir a la Notaría, donde le informaremos sobre los límites a la libertad de testar y redactaremos el testamento que será ‘a su medida’, conforme a su voluntad y circunstancias.

 

Además, se puede modificar el testamento las veces que se considere necesario. El último testamento revoca a los anteriores y es el que surte plenos efectos legales.

Si usted no tiene testamento

Tramitar su herencia será más caro y doloroso para sus seres queridos, que deberán instar el procedimiento de declaración de herederos abintestato, cuya tramitación dura al menos un mes y requiere pruebas documentales y testificales.

 

  • Su herencia puede que tenga un destino no querido por usted.
  • Su pareja puede quedar desprotegida.
  • Cualquier instrucción verbal carece de eficacia legal.
  1. D.N.I o pasaporte en vigor.
  2. Datos de las personas que va a recibir los bienes.
  3. Si ordena legados, escrituras o datos que identifiquen los bienes legados.