Lo que debe saber
Una vez que haya terminado de pagar la hipoteca, es conveniente realizar la cancelación registral de la misma. ¿Qué pasos deben seguirse? ¿Qué le puede cobrar la entidad y qué no?:
- En primer lugar, debe solicitar a la entidad que expida el ‘certificado de deuda cero’, que acredita que se ha terminado de pagar la hipoteca. La entidad le ha de entregar este documento de manera gratuita.
- Posteriormente, el representante del banco habrá de acudir a la Notaría que usted habrá elegido previamente para firmar la escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca. La entidad no debe cobrar por el trámite de la firma ni por el desplazamiento a la Notaría.
- Una vez firmada la escritura de cancelación, habrá que presentarla en Hacienda solicitando la exención del Impuesto y presentarla en el Registro de la Propiedad para hacer efectiva la cancelación. De éstos trámites puede ocuparse la Notaría si usted así lo decide.