DIVISION HORIZONTAL Cuando dividimos un edificio en piso o locales nace la propiedad horizontal, en la que cada propietario será dueño en exclusiva de su piso o local y tendrá un derecho de copropiedad sobre los elementos comunes expresado en un coeficiente o cuota de participación.

La escritura de división horizontal es el título constitutivo que configura las zonas comunes y los elementos privativos (pisos y locales), determinando sus características y sus coeficientes de participación en los gastos comunes.

Esta división horizontal podrá ser a lo alto, los clásicos edificios en altura, o tumbada, como las urbanizaciones de adosados, pareados o chalets.

Es frecuente que se firme a la vez una escritura de obra nueva.