DISOLUCIÓN DE COMUNIDAD Cuando un inmueble pertenece a distintos propietarios y deciden adjudicarlo a su totalidad a uno solo de ellos. Puede ser a título oneroso a calidad de abonar a los otros copropietarios o a título gratuito y se otorga por todos los propietarios en escritura pública.

Muy frecuente en caso de rupturas convivenciales o de comunidades hereditarias.

La disolución de condominio solo está sujeta al pago del impuesto de actos jurídicos documentados o AJD y solo por el valor de la parte adquirida. Esto hace que resulte más económica que una compraventa, en la cual hay que pagar IVA o impuesto de transmisiones patrimoniales

  1. D.N.I en vigor de los copropietarios.
  2. Título de propiedad.
  3. Si hay compensaciones en metálico, acreditación de los medios de pago.