NOTARÍA DIGITAL Desde del 9 de noviembre de 2023, tras la entrada en vigor de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de actuaciones notariales, podemos atender con la misma seguridad jurídica que en la forma presencial, mediante el otorgamiento por VIDEOCONFERENCIA, a cualquier cliente de España.
  1. Pólizas mercantiles.
  2. Constitución de sociedades con aportaciones dinerarias.
  3. Nombramientos de administradores y apoderamientos mercantiles.
  4. Escrituras societarias.
  5. Poderes para pleitos.
  6. Poderes para administraciones públicas.
  7. Poderes electorales.
  8. Poderes especiales
  9. Revocación de poderes.
  10. Revocación de poderes, excepto los generales preventivos.
  11. Cartas pago y las cancelaciones de hipoteca.
  12. Actas de Junta General y de referencia.
  13. Testimonios de legitimación de firma.
  14. Testamentos en situación de epidemia mientras dure el confinamiento.
  15. Escrituras de declaración de obra nueva
  16. Escrituras de división horizontal.

En la mayoría de los documentos notariales en que intervengan Sociedades se podrán gestionar todos los trámites digitalmente con la notaría online.

Podrá disponer del equipo de nuestra Notaría desde cualquier lugar en el que se encuentre y disfrutar de las ventajas que le ofrece la escritura digital y la firma electrónica Notarial, ahorrándole tiempo y desplazamientos.

La seguridad informática del proceso queda garantizada por el uso de la firma electrónica cualificada del notario, su sede electrónica y su red privada, todo ello desarrollado por el centro tecnológico del Notariado.

El centro a través del cual se gestionará la firma electrónica notarial es el PORTAL NOTARIAL DEL CIUDADANO. Sólo tiene que entrar en el portal a través del siguiente link www.portalnotarial.es o descargando la app portal notarial del ciudadano y registrarse.

Solicítenos que le acreditemos, y así podrá beneficiarse de éste y otros servicios.